Rendimientos de capital inmobiliario – Base de amortización de bienes heredados (CV0716-2022 del 1 de abril de 2022):

Siguiendo el criterio fijado por la doctrina del Tribunal Supremo en su sentencia 1130/2021, la base de amortización será el resultado de aplicar el porcentaje del 3% sobre el mayor de los siguientes valores: coste de adquisición satisfecho, incluyendo los gastos y tributos inherentes (valor del bien adquirido en virtud de la normativa del ISD), y excluyendo en todo caso el valor del suelo. El límite de dicha amortización será su valor de adquisición a efectos de ISD.

Residencia habitual en territorio español a efectos del núcleo principal de actividades e intereses económicos:

Resolución del TEAC de 24 de mayo de 2022 (1527/2019), en la que aclara que deberán tenerse en cuenta otros criterios, al margen de la ubicación de las diferentes modalidades de rentas obtenidas por el contribuyente. Deberá analizarse la localización del patrimonio que genere las diferentes rentas del contribuyente, así como su lugar de gestión y administración. También deberemos prestar atención al lugar donde se manifiesta la capacidad contributiva (vía ingresos o vía gastos), así como el lugar donde se gestionen las rentas obtenidas por las actividades económicas desempeñadas por el contribuyente.

Aplicación de la exención por transmisión de vivienda habitual, por mayores de 65 años, a una sociedad en la que el contribuyente participa en su capital (CV0561/2022, de 18 de marzo):

El consultante aporta un porcentaje de su vivienda como ampliación de capital a una mercantil en la que tiene un porcentaje de titularidad. En este supuesto confirma la DGT que la ganancia estará exenta siempre y cuando se cumplan los requisitos de edad y que el inmueble transmitido constituya su vivienda habitual a efectos de la LIRPF.

Cálculo de la ganancia patrimonial en las ventas de criptomonedas (CV2179/2022):

Aclara la DGT que la ganancia patrimonial se determinará para cada operación de venta de criptomonedas, atendiendo al importe de la venta de la misma (que nunca deberá ser inferior a su valor de mercado) y a su importe de adquisición, atendiendo al tipo de cambio correspondiente si su adquisición fuese en una divisa diferente al euro. Deberá tenerse en cuenta los gastos y tributos inherentes a cada operación satisfechos por el contribuyente. Su imputación se realizará en el periodo en el que se efectúen las transmisiones.

Deducción por obras de rehabilitación energética (CV1060/2022):

Pronunciamiento al respecto por parte de la DGT en la que estipula, como requisito para la aplicación de dicha deducción, que el contribuyente deberá disponer de un certificado de eficiencia energética previo al inicio de las obras de rehabilitación, por lo que no se admite otro medio de prueba al respecto.

Exención por trabajos realizados en el extranjero por Administradores de entidades. Tribunal Supremo 790/2022, de 20 de junio:

Nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo haciendo referencia a la LIRPF, reconociendo la posibilidad de aplicación a los administradores que realicen trabajos en el extranjero en cumplimiento de sus funciones, ya que la propia Ley no los excluye de la misma.

Deducción por aportación a sistemas de previsión social:

Reducción del límite para las aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, seguros de vida…). Se establece el límite de deducción en base imponible de 1.500 en los planes individuales y de 8.500 en el caso de los planes colectivos o empresariales. Se fija el límite conjunto en 10.000€.

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