Entre los muchos sectores que han sufrido el tremendo impacto económico de la pandemia del Covid-19, no cabe duda de que la industria cultural se encuentra entre los más afectados.

Por ello, de cara al relanzamiento del sector, el Ministerio de Cultura y Deporte ha decidido intervenir con una actualización de las bases reguladoras de las ayudas estatales a las producciones audiovisuales.

No obstante, dicha modificación no se ha limitado a las medidas para paliar el impacto de la crisis, sino que se incluyen reglas que ahondan en los objetivos de la normativa de 2020 de fomentar la igualdad de género, la no discriminación y la accesibilidad universal y de conceder un mayor apoyo a las personas autoras y promover aquellos proyectos con un claro interés cultural.

Con ese fin, el 13 de mayo de 2021, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo, por la que se establecen las nuevas bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes.

Teniendo en cuenta los citados objetivos, los cambios introducidos por la Orden CUD/464/2021 son los siguientes:

  1. Modificación de los criterios de valoración de los proyectos que soliciten ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto (Artículo 18 de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio).
  • Se reajustan las puntuaciones que se otorgan a los distintos criterios de valoración de los proyectos, reduciendo a cuatro los criterios objetivos objeto de valoración y otorgando un peso mayor a la relevancia cultural y autoral del proyecto.
  • Se mantienen tal y como estaban redactados anteriormente (i) el criterio relativo al impacto socioeconómico y a la inversión en España e innovación y (ii) el criterio de la financiación acreditada de los proyectos, ambos considerados necesarios para el componente industrial e internacional del sector.
  • Con respecto al criterio de la valoración de la solvencia de las empresas productoras, se especifica cuál ha de ser la experiencia necesaria de las empresas productoras que están detrás de los proyectos que reciben financiación pública.
  1. Se modifican los requisitos de las ayudas selectivas para la producción de largometrajes y a los proyectos de carácter experimental (Párrafos b) y c) del artículo 23.1 y el párrafo b) del artículo 23.2 de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio), matizando cuál ha de ser la experiencia valorable en el caso de las agrupaciones de interés económico, al igual que se hace en las ayudas generales.
  1. Se aclaran determinados aspectos, antes no regulados, del procedimiento para la obtención del certificado cultural en el supuesto de producciones de largometrajes y series audiovisuales de ficción, animación o documental para las que no se soliciten ayudas a la producción y que vayan a acogerse a la deducción establecida en el artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (Disposición adicional primera de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio).
  • Se confirma el contenido de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, que establece que el certificado cultural se debe solicitar junto al certificado de nacionalidad.
  • Se establece el procedimiento que tienen que seguir aquellas empresas inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del ICAA que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales, conforme al artículo 36.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, y que no requieren solicitar el certificado de nacionalidad española.
  1. Se introducen medidas específicas para hacer frente al impacto económico del COVID-19 en la producción audiovisual (Disposición adicional segunda de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio), flexibilizando el cumplimiento de algunas de las obligaciones establecidas para acreditar el desarrollo de la actividad cuando esta actividad afecte tanto al año 2020 como al 2021 y al 2022.
  1. Igualmente, de cara a paliar las consecuencias del Covid-19 sobre la industria cinematográfica, se amplían los plazos tanto para el estreno comercial en salas de exhibición, como para comunicar la finalización de rodaje y para solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad de las películas (Nueva disposición adicional tercera).
  • Para los proyectos beneficiarios de ayudas generales y selectivas que hayan iniciado el estreno en el año 2020 o que lo hagan en los años 2021 o 2022, se amplía en 10 meses el plazo máximo establecido para el estreno comercial del largometraje en salas de exhibición.
  • Para los proyectos beneficiarios de ayudas generales y selectivas, se amplía en 5 meses el plazo para comunicar al ICAA el fin de rodaje y solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad de la película, cuando dichos plazos finalicen en el año 2021 o 2022. En supuestos especialmente justificados y a solicitud de las empresas beneficiarias de las ayudas, dichos plazos podrán ser ulteriormente extendidos.
  1. Se establece que, a las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes, en cuanto actuaciones susceptibles de ser financiables con los fondos del Instrumento Europeo de Recuperación, les serán de aplicación las medidas de agilización previstas en el capítulo V del título IV del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Nueva disposición adicional cuarta).
  1. Finalmente, se hace efectiva la reserva de crédito anual destinado a los proyectos realizados exclusivamente por directoras que establece el artículo 17.1 en las ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto (Disposición final tercera de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio), estableciendo que la misma será cómo mínimo el 25 % para la convocatoria del año 2021 y del 35 % para las sucesivas convocatorias.

En definitiva, la Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo, introduce en las bases reguladoras de las ayudas del ICAA importantes modificaciones para las producciones audiovisuales, enfocadas a actualizar, favorecer y sistematizar las ayudas al sector del cine, de conformidad tanto con la normativa tanto nacional, como de la Unión Europea en materia de subvenciones.

A partir de la entrada en vigor de la Orden, a la hora de iniciar el desarrollo y montaje de un proyecto audiovisual y solicitar las referidas ayudas, es fundamental que las productoras audiovisuales tengan en cuenta los cambios introducidos. De lo contrario, se correría el riesgo de perder financiación en un momento tan delicado como el que estamos viviendo, en el que estas ayudas a las producciones audiovisuales pueden marcar una diferencia para la viabilidad del proyecto.


Diego Gutiérrez | Socio

Alessia Simionato | Asociada

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