El Consejo de Ministros acaba de aprobar un Informe del Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, en el que se incluyen importantes incentivos fiscales con el objetivo de crear un marco favorable para apoyar la creación y crecimiento de startups en España.

Con esta iniciativa se pretende impulsar la inversión y atraer talento e innovación a nuestro país equiparándolo a otros países en los que ya se han adoptado medidas en esta línea para startups.

Es por ello que la misma va dirigida a todas las empresas o emprendedores de nueva creación y grupos de empresas «emergentes», con sede social o establecimiento permanente en España, que no hayan distribuido dividendos, no sean cotizadas, y puedan acreditar su carácter innovador. 

Las medidas fiscales previstas suponen una menor tributación o diferimiento de las denominadas “empresas emergentes” o startups través de:

  • Aplicación de un tipo impositivo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de No Residentes durante el primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva y los tres siguientes.
  • Aplazamiento de la deuda tributaria resultante por un periodo de 6-12 meses, con dispensa de garantías y sin devengo de intereses de demora, durante los dos primeros periodos impositivos en que la base imponible sea positiva.

Asimismo, se incluyen las siguientes medidas dirigidas a atraer la inversión y el talento mediante la flexibilización o mejora de algunos incentivos ya previstos en nuestra normativa de IRPF:

  • Ampliación de la exención de 12.000 euros aplicable a los planes retributivos de entregas de acciones hasta los 45.000 euros en el caso de empresas emergentes, no siendo necesario que la entrega de acciones se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la empresa, grupos o subgrupos.
  • Flexibilización y ampliación del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español (“Ley Beckham”): Podrán acceder a este régimen y tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes aquellos trabajadores desplazados que no hayan sido residentes en España en los 5 periodos impositivos anteriores (actualmente 10) y podrán beneficiarse del mismo durante un máximo de 11 ejercicios (actualmente 6). Además, se prevé que el régimen pueda alcanzar a otros miembros de la unidad familiar.
  • Incremento de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación hasta un tipo del 40% sobre una base máxima de 100.000 euros, considerándose que una empresa es de reciente creación hasta los 5 años siguientes a su constitución y 7 en el caso de empresas emergentes.

A esta batería de medidas le acompañan otras dirigidas a agilizar y mejorar los procesos administrativos y migratorios necesarios para favorecer la inversión y la llegada de talento a nuestro país.

Actualmente el Anteproyecto de Ley se encuentra en fase de audiencia pública por lo que es posible que sufra modificaciones hasta llegar a la Mesa del Congreso.


Raquel de Suso | Abogada fiscalista

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