En una industria audiovisual que busca cada vez mayor realismo, pocas veces nos detenemos a pensar que lo que vemos es ficción, que las personas son actores y que los diálogos son líneas de un guion.
Por ello, cuando vemos animales «actuando», no nos extraña, sin percatarnos con ello de que su aparición, como todo lo demás que está presente en el set, requiere planificación y debe cumplir una regulación específica.
Por ello, en primer lugar, es fundamental conocer la normativa aplicable, tanto de carácter nacional, como autonómico y local.
El marco principal de aplicación a la participación de animales en obras audiovisuales es la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales («Ley de Bienestar Animal«) la cual, no solo prohíbe que los animales sufran durante los rodajes, sino que exige la simulación de cualquier escena de maltrato o crueldad y establece la presencia obligatoria de veterinarios, así como el uso preferente de tecnologías que eviten recurrir a animales reales. Ello supone un desafío logístico y económico para los productores.
Asimismo, hay que tener en cuenta eventuales normativas relativas al trasporte y a la tenencia de animales, así como las leyes que apliquen a determinadas especies de animales (como aquellas protegidas, exóticas o en peligro de extinción), que habrá que analizar si aplican en cada supuesto específico.
Además de la normativa de carácter nacional, en España hay que tener en cuenta la normativa autonómica y local, ya que, en función de donde se realice el rodaje, los requisitos para rodar con animales pueden variar drásticamente. En este sentido, es muy importante, ya en la fase de planificación del rodaje, consultar las reglas impuestas por la administración local que corresponda, para tener claro si es necesario comunicar o solicitar permisos para el uso de animales en la producción o si hay otros requisitos específicos con lo que cumplir. Por ejemplo, mientras que en Madrid es obligatorio solicitar un permiso incluso para escenas no relacionadas con el maltrato animal, en Castilla y León solo se requiere autorización si las secuencias simulan crueldad.
En todo caso, conforme a la Ley de Bienestar Animal, será necesario presentar una declaración responsable ante la autoridad competente detallando los datos de identificación de los animales participantes, tiempos de filmación o representación, condiciones físicas que garanticen el bienestar de los animales durante el transcurso de la filmación y datos de las personas responsables de garantizar su bienestar.
Ahora bien, la normativa no es un obstáculo, sino una guía para actuar con responsabilidad. Por ello, a los efectos de garantizar el bienestar de los animales y minimizar los riesgos de su participación en producciones audiovisuales, se requiere una minuciosa planificación previa que conlleve la adopción de medidas adecuadas con ese fin. Esto incluye desde la presencia de veterinarios y adiestradores profesionales hasta la creación de entornos adecuados y la limitación del tiempo de rodaje. De hecho, en función del tipo de escena a rodar (no es lo mismo grabar a un perro paseando que tener un comisario Rex saltando en mitad de un tiroteo) puede ser necesario contar en el set con un adiestrador profesional que esté familiarizado con el comportamiento del animal. Es decir, que le controle y dirija durante el rodaje.
De ahí que, especialmente en escenas que puedan suponer un riesgo, es básico que el responsable de la producción valore el uso de tecnologías y efectos especiales, una alternativa que no solo reduce daños, sino que también refuerza la imagen de una industria comprometida.
No cumplir con la ley podría implicar graves consecuencias. Primero penales, pues el artículo 340 bis del Código Penal tipifica el maltrato animal como delito, con penas que van desde multas hasta prisión; y segundo reputacionales, pues el impacto mediático de un escándalo relacionado con el maltrato animal puede ser devastador para una producción.
En conclusión, la presencia de animales en las producciones no es algo que haya que tomar a la ligera: requiere una planificación meticulosa. Las medidas mencionadas son solo una base; cualquier acción adicional que promueva el bienestar animal no solo refuerza el cumplimiento legal, sino que también contribuye a establecer prácticas éticas que dignifican a la industria audiovisual y, a su vez, pueden servir de ejemplo a otras producciones.
Publicado por Expansión.
Escrito por Alessia Simionato, asociada Fourlaw Abogados.
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